domingo, 25 de octubre de 2026

EL REINADO SOCIAL DE JESUCRISTO; Doctrina y Magisterio sobre Cristo Rey

 


                    La Doctrina Católica tradicional, enseña que la soberanía de Nuestro Señor Jesucristo no se concibe únicamente como un imperio invisible o una alegoría espiritual confinada a lo íntimo de la concienci: la Fe Católica siempre ha enseñado que Nuestro Redentor ejerce un dominio real, absoluto y supremo sobre toda la Creación, extendiendo Su Potestad tanto a las personas particulares como a la sociedad civil, sus leyes y sus instituciones.

            1. El fundamento teológico de la Realeza de Cristo

                    La Potestad Regia de Nuestro Señor Jesucristo en cuanto Hombre descansa en dos títulos jurídicos y teológicos inquebrantables:

            1º) La Unión Hipostática: como enseña la doctrina clásica (recordada por San Cirilo de Alejandría y plasmada en el Concilio de Nicea), Cristo posee la realeza sobre todas las criaturas en virtud de su propia esencia y naturaleza. Al ser la naturaleza humana asumida hipostáticamente por la Persona del Verbo de Dios, Cristo-Hombre posee el supremo dominio sobre todo lo creado (1).

            2º) El Derecho de Conquista y Redención: como enseñó San Pedro en la Sagrada Escritura, fuimos rescatados «no con plata ni oro, sino con la Sangre Preciosa de Cristo» (2). Por tanto, la Humanidad pertenece a Cristo por derecho de Compra y Redención.

                    Esta Realeza no se limita al ámbito espiritual. Si bien en el Evangelio Jesús declara ante Pilatos que Su Reino «no es de este mundo» (3) -rechazando un Mesianismo puramente terrenal o temporal-, la enseñanza perenne de la Iglesia subraya que sería un grave error eximir las realidades temporales de la autoridad legislativa, judicial y ejecutiva del Salvador. «Me ha sido dado todo Poder en el Cielo y en la Tierra» (4).


            2. Orígenes del Culto a Cristo Rey

                    Aunque el Título y la Fiesta solemnes de Cristo Rey fueron instituidos en el pasado siglo XX, la devoción a Su Soberanía se nutrió de siglos de Enseñanza dogmática y genuina Espiritualidad Católica; así, la Devoción al Sagrado Corazón de Jesús, que durante los siglos XVII y XVIII, se manifestó a través de las revelaciones que recibiera Santa Margarita María Alacoque. Nuestro Señor manifestó el deseo de que las naciones y sus gobernantes se consagraran a Su Corazón Sacratísimo. La Devoción al Sagrado Corazón se entendió doctrinalmente como el medio supremo para restaurar el Reinado de Dios en las almas y en los Estados.

                    El Magisterio Pontificio del siglo XIX, concretamente el del Papa León XIII, que en su Encíclica Annum Sacrum (1899), proclamó la Consagración del género humano al Sagrado Corazón de Jesús y afirmó de forma taxativa la extensión universal del Imperio Divino:

            «El Imperio de Cristo se extiende no sólo sobre los pueblos católicos [...], sino que comprende también a cuantos no participan de la Fe Cristiana, de suerte que bajo la Potestad de Jesús se halla verdaderamente la totalidad del género humano».


            3. La institución de la Festividad: la Encíclica Quas Primas (1925)

                    El hito doctrinal definitivo sobre la Realeza Social de Nuestro Señor lo fijó el Papa Pío XI, al promulgar el 11 de Diciembre de 1925 la Carta Encíclica Quas Primas, en el marco del Año Santo y el XVI centenario del Concilio de Nicea.

                    Ante el avance del laicismo agresivo -definido por el Santo Padre como la peste de la sociedad moderna que pretende expulsar a Dios de la vida pública, secularizar las leyes y confinar la Religión al fuero interno-, Pío XI instituyó la Fiesta litúrgica de Cristo Rey, fijando su celebración para el último Domingo del mes de Octubre.

                    Las razones doctrinales expuestas por el Papa en Quas Primas para la creación de esta Solemnidad son rotundas:

            La obligación de las naciones y magistrados; Pío XI enseña que el deber de adorar a Cristo no atañe solo a los individuos, sino también a los gobernantes y a las leyes civiles, advirtiendo que las sociedades que ignoran la Ley Divina caen inevitablemente en el desorden, la injusticia y la discordia.

            Eficacia de la Liturgia; el Papa señala que los documentos del Magisterio suelen llegar solo a los doctos, mientras que la celebración anual de una fiesta litúrgica instruye eficazmente a todo el Pueblo Fiel en las Verdades de la Fe.

            Libertad e independencia de la Iglesia; al proclamar la Soberanía de Cristo, la Iglesia recuerda su condición de Sociedad Perfecta fundada por Dios, la cual exige plena libertad e independencia frente a cualquier poder terrenal o estatal.



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            4. El Reinado interior y social

                    Como broche de la Doctrina tradicional, Pío XI concluye afirmando que para que la «paz de Cristo» reine verdaderamente en el «Reino de Cristo», el Salvador debe gobernar las potencias del hombre:

            «Es necesario, pues, que Cristo reine en la inteligencia del hombre [...]; que reine en la voluntad, la cual debe obedecer a las Leyes y Mandamientos divinos; que reine en el corazón, el cual debe posponer los afectos naturales para amar a Dios sobre todas las cosas».

                    El reconocimiento público de Cristo Rey no responde a una pretensión de dominación política temporal, sino al deber objetivo de justicia de las criaturas para con su Creador y Redentor, fuera del cual no hay paz ni salvación posible, ni para las almas ni para las naciones.


NOTAS

1) La Unión Hipostática: Cita explícitamente a San Cirilo de Alejandría («Cristo tiene poder sobre todas las criaturas [...] en virtud de Su propia esencia y naturaleza») y el Símbolo Niceno («Su reino no tendrá fin»).

2) 1 Carta de Pedro, cap. 1, vers. 18-19

3) Evangelio de San Juan, cap. 18, vers. 36

4) Evangelio de San Mateo, cap. 28, vers. 18



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